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Tarifa Social



El Gobierno oficializó los nuevos criterios para acceder a la tarifa social en los servicios de gas y electricidad, además de la fijación de tarifas máximas equivalentes a la categoría “residencial” para las consideradas entidades de bien público. Estas medidas, adelantadas la semana pasada por el ministro de Energía, Juan José Aranguren, fueron dispuestas por el ministerio en las resoluciones 218 y 219 - E/2016, publicadas hoy en el Boletín Oficial. Entre otras disposiciones, las normas determinan lo siguiente:

> La inclusión de alguien en el régimen de tarifa social implicará la continuidad del beneficio para ese usuario por un plazo mínimo de seis meses. El beneficio podrá otorgarse a una única unidad habitacional por titular para cada servicio.

> Para los usuarios a quienes se hubiera otorgado el beneficio por su carácter de electrodependientes -o de alguien cercano-, el volumen de consumo de energía eléctrica

bonificado se ampliará a 600 Kwh/mes.

> En caso de fallecimiento del titular del servicio, se mantendrá la tarifa social para ese suministro por tres meses, plazo en el que deberá hacerse el cambio de titularidad de los servicios y actualizarse la información respecto a la inclusión en el régimen, si correspondiera.

> Para la categoría “entidades de bien público”, se fijan tarifas máximas equivalentes a la categoría “residencial”.

> Se incorporan a la la tarifa social los monotributistas cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo y quienes perciban pensiones no contributivas que no superen ese monto.

> Los veteranos de Malvinas también podrán solicitar la tarifa social, así como jubilados, pensionados, titulares de planes sociales, trabajadores que ganen menos de dos salarios mínimos y quienes estén incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del servicio doméstico.

El nuevo esquema de tarifa social abarcará a 1.700.000 hogares, equivalente a poco más del 20% de los 8,1 millones de usuarios que tiene acceso a red de gas.

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